miércoles, 2 de julio de 2014

Licencia de actividad en la Comunidad Valenciana
Es un documento firmado por técnico competente Arquitecto, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico Industrial, que se requiere para obtener la correspondiente licencia municipal, que permitirá la apertura de su negocio, el ejercicio y la explotación de la actividad en un local o recinto determinado.

Este documento justifica que tanto el establecimiento, las instalaciones previstas, el diseño del local, así como el desarrollo de la actividad se ajustan a la normativa y a las reglamentaciones correspondientes. El Proyecto de Actividad recoge toda la normativa que le es de aplicación, dependiendo del caso: Código Técnico de la Edificación, Accesibilidad, Documento Básico de Protección contra Incendios, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Reglamento Instalaciones Térmicas en la Edificación, etc…



¿Cuándo se presenta? 
Su tramitación debe ser previa al Proyecto de Obras, en caso de tener que habilitar el local para instalar la actividad, para evitar incoherencias entre proyecto y ejecución.
En caso de que el local esté en plenas condiciones para llevar a cabo la actividad, o bien que la actividad no requiera de ningún tipo de obra para su puesta en marcha, la documentación se presentará un mes antes de iniciar la actividad.

Tipos de actividad

Cada tipo de actividad requiere una documentación distinta, ya que en función de las características de la actividad se deberá justificar el cumplimiento de la reglamentación específica que regula dicha actividad.
  1. Actividades Inocuas o no calificadas: Oficinas, Tiendas, Comercios al por menor,...
  2. Actividades Calificadas: Carnicerías, Panaderías,...
  3. Actividades de Pública Concurrencia: Cafeterias, Bares, Restaurantes, Salones de juegos, Cines,...
  4. Actividades Industriales: Procesos de Fabricación, Fábrcias, Almacenes,...
Legislación vigente 
  
- Instrucción 1/1983, establece los supuestos que definen si una actividad es calificada o no. Ley 3/1989,  es la primera Ley sobre actividades calificadas previa a la entrada en la UE y previa a la aparición del nomenclátor de actividades.  
- Decreto 54/1990 Nomenclátor de actividades calificadas, determina la calificación de las actividades en función del motivo o motivos simultáneos causantes de la molestia, nocividad, insalubridad y/ó peligrosidad. Califica a las actividades según sean Molestas, nocivas e Insalubres o Peligrosas.   
- Decreto 52/2010, desarrolla la Ley 4/2003 cambiando la nomenclatura de las licencias: Licencia de actividad pasa a ser Licencia Ambiental y Licencia de funcionamiento pasa a ser Licencia de Apertura.   
- Ley 14/2010, deroga la Ley 4/2003 pero da validez al Decreto 52 en todo lo que no se oponga.

Tramitación   Actividad Inocua sin obras mediante Comunicación Ambiental Previa 

1. Certificado de Compatibilidad Urbanística firmado por técnico competente justificando la actividad 
2. Redacción de Proyecto y memoria técnica 
3. Certificado Final de Instalaciones 
4. Pago de Tasas Municipales
5. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura 

Actividad Inocua con obras mediante Comunicación Ambiental Previa 

1. Certificado de Compatibilidad Urbanística firmado por técnico competente justificando la actividad 
2. Proyecto de Habilitación y Actividad  
3. Impreso de Petición de Licencia de Obras
4. Impreso de Declaración Responsable de las obras firmada por el promotor de la actividad 
5. Pago de Tasas Municipales  
6. Impreso de Petición de Licencia de Apertura 
7. Certificado Final de Obras  
8. Certificado Final de Instalaciones 
9. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura   

Actividad Calificada sin obras mediante Licencia Ambiental 

1. Certificado de Compatibilidad Urbanística en el Ayuntamiento para autorizar la actividad 
2. Proyecto de Habilitación y Actividad por triplicado  
3. Impreso de Declaración Responsable por parte del promotor de la actividad  
4. Certificado Final de Instalaciones  
5. Certificado de suscripción de un seguro de responsabilidad civil por parte del promotor de la actividad  
6. Pago de Tasas Municipales
7. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura   

Actividad Calificada con obras mediante Licencia Ambiental 

1. Certificado de Compatibilidad Urbanística en el Ayuntamiento para autorizar la actividad.
2. Proyecto de Habilitación y Actividad.
3. Impreso de Petición de Licencia de Obras.
4. Pago de Tasas Municipales.
5. Impreso de Petición de Licencia de Apertura.
6. Impreso de Declaración Responsable de las obras firmada por el promotor de la actividad 
7. Certificado Final de Obras.
8. Certificado Final de Instalaciones.
9. Certificado de suscripción de un seguro de responsabilidad civil por parte del promotor de la actividad. 10. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura.

Tarifas aproximadas 

Licencia Actividad Inocua / Comunicación Ambiental (sin obras) 300-500 euros, según actividad y superficie. En caso de realizar obras, la habilitación se valorará en función de los trabajos a realizar.   Licencia Actividad Calificada / Licencia Ambiental (sin obras) 500-800 euros, según actividad y superficie. En caso de realizar obras, la habilitación se valorará en función de los trabajos a realizar.
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Blog personal del arquitecto Miguel A. Perez de Mesa. Arquitectura, Diseño, Construcción y lo que surja.

1 comentarios:

  1. Muchas gracias por el post, como mencionas la licencia de actividad es imprescindible para abrir un negocio, pero hay que armarse de paciencia ya que tarda un buen rato en que te la den.

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